| Tergiversaciones ‘No tuerzas
el derecho.’ (Deuteronomio 16:19) Durante la reciente campaña
electoral para el Gobierno de la Comunidad de Madrid volvió a
surgir con fuerza la pretensión de los colectivos homosexuales
para conseguir el reconocimiento legal de sus uniones, de la
misma manera que está reconocido el matrimonio heterosexual.
Es evidente que las campañas electorales son el mejor
momento para reivindicar aspiraciones, pues los partidos y
candidatos andan a la búsqueda del voto y necesitan
congraciarse, hasta donde sus principios se lo permitan, con
el mayor número posible de votantes. Después
de todo, las urnas son el lugar donde se hacen cuentas y donde
se ajustan cuentas.
Concretamente, en esas fechas de campaña, hubo varias
parejas homosexuales que se presentaron en los registros civiles
de Madrid y Valencia para escenificar, con amplio aparato mediático,
su deseo de ver atendida su reclamación. Pero en esta
ocasión además saltó a la palestra Javier
Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucional,
quien afirmó que “el derecho que reclaman estas
parejas está ya en la Constitución” pues
en la misma “se establece que el hombre y la mujer tienen
derecho a contraer matrimonio, pero no dice que tenga que ser
heterosexual.” En efecto, cuando vamos a la Carta
Magna que regula nuestra convivencia en España leemos en el
Artículo 32 lo siguiente: “El hombre y la mujer
tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.” De
manera que el argumento de Pérez Royo parece contundente,
pues para excluir el matrimonio homosexual debería haberse
redactado el tal Artículo de esta otra manera, por ejemplo: “El
hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio entre
sí con plena igualdad jurídica.” Pero al
no especificarse gramaticalmente el asunto, queda abierta la
posibilidad del matrimonio entre personas del mismo sexo.
Cuando leí las declaraciones de Pérez Royo
y lo que dice el texto constitucional pensé: ¿Y
para esto alguien estudia una carrera, hace un doctorado
y gana unas oposiciones? Con exegetas e intérpretes
de esta clase podemos hacer decir a la Constitución
(y a cualquier otro texto) lo que queramos. Porque si nos
aferramos a que gramaticalmente hay cabida para el matrimonio
homosexual también yo puedo casarme, por la misma
lógica, con mi agapornis o mi tortuga, pues en ninguna
parte se excluye tal posibilidad; aunque supongo que mi esposa
tendría algo que decir al respecto, pero ese es otro
problema. De manera que me voy a presentar un día
de estos en las oficinas del Registro Civil con estos animalitos
(y tengo también un canario y un tritón) para
exigir, ante la ambigüedad del texto constitucional,
que se me permita contraer matrimonio con alguno de ellos
o, mejor, con todos a la vez. Ahora en serio, es profundamente preocupante ver a una persona
que imparte enseñanza desde una cátedra y tiene
la responsabilidad de preparar a los juristas de nuestra
nación, razonando de esa manera. Seguramente hay varios
cientos de miles de personas en España que, siendo
musulmanas, defienden la poligamia, la cual, según
el argumento del catedrático, tampoco estaría
taxativamente excluida por la Constitución. Por lo
tanto, lo coherente sería defender con la misma intensidad
los derechos de estos ciudadanos al igual que se defienden
los derechos de los anteriores. Pero ¡claro! hay una
diferencia entre defender los matrimonios homosexuales y
defender los matrimonios poligámicos: Lo primero es “progresista” y
lo segundo es “reaccionario”; con el primer caso
nos reconciliamos con el espíritu de la época
pero con el segundo nos ganamos ¡ay! el anatema de
las feministas... ¿Entonces? No hay color. Pero el problema no es la gramática ni la letra del
texto, sino la manifiesta intencionalidad de tergiversar
el espíritu del texto. Y el espíritu del texto
se tergiversa porque el agente que lo promueve tiene a su
vez un espíritu tergiversado, de manera que se buscan
resquicios y argucias para torcer y retorcer lo que cualquier
profano en Derecho sabe interpretar mejor que el catedrático.
Este viciado acercamiento a los textos escritos, que por
su propia naturaleza nunca pueden agotar ni contemplar todas
las contingencias posibles, tiene dos peligros mortales:
Uno es aprovecharse de cualquier fisura rebuscada para apoyar
desviadas pretensiones como hace Pérez Royo, y otro
es tener que fabricar todo un inacabable aparato adicional
interpretativo que aclare el sentido para cada caso que pueda
presentarse, lo cual hicieron algunos con la Biblia durante
siglos creando el Talmud. El problema es que este material
adicional está sujeto también a interpretación
y entonces estamos ante el cuento de nunca acabar. Hacen falta dos cosas básicas para interpretar un
texto: Primero saber leer y luego tener rectitud de intención;
lo primero se aprende en el aula de clase pero lo segundo
se aprende en otra aula; es posible tener lo primero y carecer
de lo segundo, de la misma manera que es posible tener lo
segundo y carecer de lo primero, pero si me dan a elegir
prefiero a un analfabeto de corazón honesto que a
un erudito de corazón tortuoso. Fue Lutero quien dijo
una vez que si le dieran a escoger entre vivir en una nación
con un Rey malo y leyes buenas o vivir en otra con un Rey
bueno y leyes malas escogería esta última opción,
pues el Rey malo se dedicaría a falsear las buenas
leyes pero el Rey bueno sabría sacar incluso de lo
malo algo bueno. Sí, es posible tener la mejor Constitución
del mundo y no obstante convertirla en un instrumento para
sacar adelante nuestros deseos, sin importar el carácter
de los mismos. La clave última, pues, no está en
el papel escrito sino en el corazón del ser humano. Por eso el Libro de los libros (que para interpretarlo rectamente
se necesitan tres cosas: Saber leer, tener intención
recta y buscar la asistencia de su Autor) manda a los gobernantes
y jueces en el texto arriba citado que no tuerzan el derecho.
O lo que es lo mismo, que vigilen su corazón. Ojalá nuestros
gobernantes y juristas tengan esta máxima como principio.
Wenceslao Calvo es conferenciante
y pastor en una iglesia de Madrid.
© W. Calvo, 2003, Madrid, España.
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