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Número 87 - 26 de junio 2005
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JOSÉ GRAU 
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No hay derechos humanos sin deberes
Derechos del hombre y derechos de Dios (VI) 

Para el cristianismo la cruz es el modelo que tiene para las relaciones que debe establecer con el mundo; un mundo caído. Y de la misma manera que Jesucristo no hizo valer sus derechos sino que "estando en la condición de hombre, se humilló si mismo, haciéndose obediente hasta la muerte, y muerte de cruz" (Fil. 2:8). Así también los seguidores del Crucificado hemos de pensar antes en el bien del prójimo que en la reclamación de nuestros privilegios.

Esta "subordinación" del cristiano no equivale a la bendición de las injusticias que se dan en este presente mundo caído. Todo lo contrario. La humildad y el sometimiento que el Evangelio propone es el camino del amor sufrido y, también, transformador. Es decir, el camino del amor redentor que, lejos de aceptar las actuales estructuras de pecado, tiende a su redención y renovación.

El llamamiento a la subordinación es un llamamiento que Pablo hace a todos, no solamente a las mujeres, ni exclusivamente a los hijos, ni tampoco únicamente a los siervos. "Someteos los unos a los otros en el temor de Dios" (Ef. 5:21) va dirigido también a los maridos, a los padres y a los amos. Es decir, constituye en el fondo una defensa de los derechos de todos sin excepción.

Tanto en las relaciones marido mujer, como en las laborales y las paterno filiales, de lo que se trata es de deponer a veces, voluntaria y libremente, algo propio en beneficio de] otro, por amor de la nueva comunidad que surge con la mutua donación de afectos y que repercutirá en beneficio de todos.

Este principio es tan importante para el apóstol Pablo que lo repite, de una manera o de otra, en varios de sus escritos: "Todo me es licito, pero no todo conviene; todo me es licito, pero no todo edifica Ninguno busque su propio bien, sino el del otro" (1 Col. 1 (24) Cuando el amor es auténtico "no busca 10 suyo" (1. Cor. 13:5); cf. Fil. 2:21).

Aunque los textos citados se preocupan de tres ámbitos de convivencia, según las necesidades pastorales del tiempo y lugar en que fue escrito el Nuevo Testamento, el principio 'Ninguno busque su propio bien, sino el del otro" resulta válido para todas las esferas de relación humana . Este principio rige el acercamiento verdaderamente evangélico al tema de los derechos humanos.

E1 cristiano debe procurar que, no solamente en sus relaciones personales como individuo, sino en la vida social, prive el mutuo respeto de unos para con otros Porque, desde la perspectiva cristiana, la vida social debe ser entendida como una realidad de orden espiritual y moral.

Como ya hemos señalado, es todo un estilo de vida el que se halla en juego aquí para el seguidor de Jesús. De ahí el empeño de los cristianos en favorecer, animar y promover este "estilo de vida" de múltiples maneras, incluido el mundo del derecho, y de los tribunales. Porque cambia radicalmente la jurisprudencia si el énfasis se pone en 1as reclamaciones o en las responsabilidades . El orden jurídico puede conceder la máxima atención a las lesiones que sufren las personas y quedarse en este punto, o bien sin dejar de prestar interés él las justas demandas de los lesionados estar también atento a la obligación de cada uno de reconocer y respetar a los demás.

En todo sistema donde se dé al menos tanto valor a la obligación como al deber e incluso al respeto tanto como al derecho, la educación moral para la convivencia adquiere una importancia creciente que debe progresar a lo largo de la vida . En todo caso, es así como se llega a dar mayor importancia al deber que a la reivindicación pura.

Porque el único camino seguro de que mis derechos sean respetados estriba en e1 respeto que yo tenga por los derechos de los demás. Solamente cuando luchamos por los derechos del prójimo, y no sólo por los nuestros, quedan garantizados los derechos de todos.

Fuera de una reciprocidad donde aparezca la idea de deberes, ¿se puede hablar realmente de derechos? A menudo se dio uno preocupación por determinar los aspectos en los que hay que respetar al ser humano, o los valores que debernos considerar en él de una manera abstracta. De esta manera se intenta fundamentar los derechos humanos, o la idea de la dignidad humana, pero comprendida como realidad inmóvil sin ningún dinamismo. Sin embargo, conviene ir más lejos hasta reconocer a la sociedad humana naciendo de la voluntad divina y sus dones. Son esta voluntad y estos dones los que nos descubren lo que son los derechos humanos, los nuestros y los del prójimo al mismo tiempo. Es así cuando los derechos humanos se hacen fuertes por el respeto que señala alguna cosa en los demás, tanto como en nosotros mismos, como un derecho.

Para hablar correctamente de derechos, hay que hablar también de deberes. Y para poder hacerla de ambas cosas, y entender su correlación, tenemos que ser conscientes del reconocimiento fundamental del mutuo respeto intercambiado recíprocamente Esto es lo que debiera caracterizar no solamente la vida judicial sino la vida política.

La alternativa son las teorías individualistas, que pronto hacen evidente su impotencia . Viviremos una sociedad verdaderamente humana desde el momento en que nos coloquemos en la perspectiva del reconocimiento y el respeto hacia los demás que constituyen al prójimo . Esta fue, en el fondo, la actitud que explica la conducta del "buen samaritano" de la parábola.

Lo que resulta obvio, indiscutible, para la perspectiva cristiana es la correlación de los deberes y los derechos del hombre.

No obstante, se da una cierta dificultad en la práctica para declarar cuáles son sus deberes en los documentos de orden político, estatal, o internacional. Se corre el riesgo, muchas veces, de dar indebidamente una fuerza de obligación legal a aquello que debiera ser y permanecer solamente como una convicción moral que nos obliga desde el interior de lo conciencia y no por coacción externa.

Pero esto lo veremos en el próximo capítulo.



Artículos anteriores de esta serie:
   1  RaÍz protestante de los Derechos humanos  
   2  Raíz individualista de los derechos humanos  
   3  ¿Quién garantiza los derechos humanos?  
   4  Derechos y "deberes" humanos  
   5  Biblia y derechos humanos: perspectiva general  

José Grau es un conocido teólogo y escritor. Este artículo forma parte de una serie que publicó Grau con la Alianza Evangélica Española (correo-e: oficina@AEEsp.net ) bajo el título “Derechos del hombre y derechos de Dios”
© J. Grau, Alianza Evangélica Española. (ProtestanteDigital.com, España, 2005)

 
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