Ir a la Portada de este Número Número 322. Semana del 02 de Marzo de 2010 
DOMINICAL
J. José Cortés     

La ley del aborto, un presunto genocidio premeditado

Es mucho lo que ya se ha hablado sobre la ley del aborto: su finalidad para justificarla, la definición sobre qué es un feto o no, o si es una persona para tener derechos. Incluso ahora nos intentan dar lecciones de moralidad. Todo para justificar lo que presuntamente pueda ser un asesinato con premeditación y sin posibilidad de que la víctima -en este caso el ser que se encuentra en el vientre de su madre- tenga la mas mínima oportunidad para defenderse.


Se considera un genocidio, sea o no consentido por un Estado, gobierno o grupo mayor o menor de personas, intentar acabar con la vida de muchos aún con el respaldo de la ley. Así, se entiende por genocidio cualquiera de los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal.

Estos actos genocidas comprenden la muerte o lesión a la integridad física o moral de los miembros del grupo atacado, el exterminio o la adopción de medidas destinadas a impedir los nacimientos en ese grupo.

LA LEY DEL ABORTO PRESUNTAMENTE SE PUEDE CONVERTIR EN EL GENOCIDIO INSTRUMENTAL DEL SIGLO XXI DE AQUELLOS GOBIERNOS QUE QUIEREN JUSTIFICAR EL ASESINATO DE UN GRUPO TAN INDEFENSO COMO LOS NIÑOS NO NACIDOS.

No entiendo qué diferencia puede haber entre la ley del aborto y la pena de muerte. ¿O es que la ley del aborto no es condenar a un ser humano a morir, sin posibilidad alguna de que el condenado pueda defenderse, y sin siquiera juicio previo?

Ponen el grito en el cielo con la P.P.P (prisión preventiva permanente) dejando, al no aplicarla, en libertad a personas que ponen en riesgo la vida de otros. Y esto a sabiendas de que estas personas en libertad no están reinsertadas en la sociedad con todas las garantías necesarias para que no vuelvan a cometer un delito. Y en cambio aprueban una ley mucho más injusta, contraria a los derechos del niño, al que le impiden poder optar a mantener su vida.

Considerando la evidencia de la medicina hay una primera etapa en el ser humano -la embriogénesis- cuyo proceso dura unas ocho semanas, momento a partir del cual el producto de la concepción acaba su primera etapa de desarrollo y pasa a denominarse feto. Es a partir de aquí cuando los órganos formados comienzan a madurar, y a desarrollarse, acabando con la completa formación y madurez en el momento de nacer.

La gran pregunta y debate social es cuándo comienza la vida como ser humano de este ser que se desarrolla, en sus diversas etapas de formación. Es decir cuándo comienza a ser PERSONA. Yo creo que sabiendo ya a priori cuál es su desenlace y desarrollo en todas sus etapas evolutivas, si nosotros le quitamos la vida premeditadamente en cualquier momento, sea ya un feto o esté en la fase de embriogénesis, es lo mismo. LE ESTÁS QUITANDO EL DERECHO A VIVIR.

No se puede justificar el aborto alegando que lo mismo que es libre una niña de 16 años para casarse, también es libre para abortar. Para cualquier persona que tenga conocimiento de la materia. En España un menor de 18 años no se puede casar libremente. Para hacerlo es necesario previamente un expediente de emancipación,
otorgado por los padres o por el Juez a instancia de la menor y después de seguir y promover un complejo proceso de jurisdicción voluntaria. Eso como apunte ante esta primera barbaridad. Por lo tanto nada hay cierto sobre que es libre para contraer matrimonio una niña de 16 años. Pero a lo que iba, ¿se pretende elevar a la categoría de derecho el aborto? Pero vamos a ver, señora Aída, el aborto jamás puede ser un derecho tal y como está configurado nuestro ordenamiento jurídico.

Esta cuestión ya fue resuelta por el Tribunal Constitucional (TC) español en su sentencia sobre Ley de despenalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en determinados supuestos; y ha sido objeto de toda una gran doctrina constitucional. En el artículo 15 de la Constitución, tal y como dejó interpretado el TC, dice que: “Todos tienen derecho a la vida…”. Ese TODOS incluye y protege al niño no nacido, que ha de ser entendido como un bien jurídico susceptible de protección constitucional, y por tanto de protección penal.

En todo caso, para que se pretenda considerar al aborto como un derecho, habría que modificar previamente el texto constitucional e incluir en ese artículo 15 la palabra personas jurídicas: “Todas las personas jurídicas tienen derecho a la vida…”.

Y la cuestión de que una menor pueda abortar sin el consentimiento o conocimiento de los padres, más de lo mismo.

Por lo que respecta a otra ley aún más importante, la divina, sabemos que el asesinato es un pecado capital y por lo tanto repudiado por Dios.

CREO QUE EXISTEN OTRAS FORMAS DE AFRONTAR EL PROBLEMA DE LOS EMBARAZOS NO DESEADOS, QUE NO TIENEN QUE SER EL APROBAR EL ABORTO COMO MEDIDA INFALIBLE (casas cuna, adopción con posibilidad de recoger ese niño cuando la menor esté preparada para criarlo, incluso facilitar ayudas para que los abuelos paternos o maternos puedan criarlos) y así esos niños no nacidos no tengan que perder la vida.

Por esto estaré presente en la manifestación contra la ley del aborto este domingo 7 de marzo en Madrid en la cual haré manifiesto mi más profundo rechazo ante una ley que no está justificada bajo ningún concepto.

Dios les bendiga

J. José Cortés es pastor evangélico de la Iglesia de Filadelfia


© J.J. Cortés, ProtestanteDigital.com (España, 2010).

 

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