Diez años después, finaliza la moratoria para adaptar los centros de culto en Cataluña

El próximo 29 de octubre finaliza el plazo para que los lugares de culto catalanes de antes de 2010 regularicen su situación ante la Administración.

Jonatán Soriano , Redacción PD

BARCELONA · 06 DE OCTUBRE DE 2020 · 11:30

Fotograma de un vídeo promocional sobre la Ley de Centros de Culto. En la imagen aparece la entrada principal de la Iglesia Evangélica Ciudad Meridiana, en Barcelona. / Departamento de Justícia, YouTube.,
Fotograma de un vídeo promocional sobre la Ley de Centros de Culto. En la imagen aparece la entrada principal de la Iglesia Evangélica Ciudad Meridiana, en Barcelona. / Departamento de Justícia, YouTube.

La moratoria de la Ley de Centros de Culto de Cataluña llega a su fin. Aunque oficialmente debería haber concluido el pasado 11 de agosto, la Generalitat, a petición de algunas confesiones por motivo de la parálisis administrativa como consecuencia de la pandemia, aplazó la fecha hasta el próximo 29 de octubre para que los lugares de culto catalanes anteriores a 2010 regularicen su situación.

La normativa exige la adecuación de los espacios de culto de más de diez años para garantizar que se cumplen las condiciones establecidas de seguridad, higiene y salubridad. Por ejemplo, comunicar que un técnico acreditado ha realizado un informe sobre la solidez estructural de las instalaciones, o que el local cuenta con salidas de evacuación. Un proceso técnico complejo que afecta, sobre todo, a confesiones minoritarias como la protestante o la musulmana.

De hecho, la Ley de Centros de Culto catalana ha sido objeto de protagonismo en el último examen periódico que el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha realizado durante los últimos meses sobre los países que lo conforman, y que tiene lugar cada cinco años. España, cuyo turno se produjo en el mes de julio, ha aceptado dos recomendaciones basadas en un informe de la Alianza Evangélica Española: una relativa a la jubilación de los pastores, y otra sobre la Ley de Centro de Culto de Cataluña.

La Generalitat: “No tenemos constancia”

En la recomendación sobre la situación de los centros de culto, el representante de la Alianza Evangélica Mundial encargado de presentar la cuestión, Markus Stefan Hofer, señaló que los informes de la Alianza Evangélica Española, en colaboración con el Consell Evangèlic de Catalunya, “han resaltado que las leyes de culto en Cataluña establecen estándares de seguridad arbitrariamente altos para los lugares de culto no católicos”. Hofer también remarcó el caso específico de L’Hospitalet de Llobregat, municipio en el que se han adoptado medidas más severas que “la mayoría de las congregaciones locales no pueden cumplir”.

El representante español ante la ONU en Ginebra, Cristóbal González-Aller Jurado, aceptó la recomendación y aseguró que “disposición 17 de la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local dispuso que la apertura de lugares de culto no estaría sujeta a una licencia previa de apertura, sino a un trámite de comunicación previa”, y que “el Tribuna Constitucional consideró que, al permitir que estas organizaciones abran lugares de culto mediante comunicación previa, se ha fijado una condición básica de igualdad en el ejercicio del derecho a la libertad religiosa que no excluye el cumplimiento de las exigencias legales”.

Desde la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Generalitat han explicado a Protestante Digital que hasta ahora “no ha llegado ninguna comunicación del Gobierno ni nadie ha pedido nada”. Aseguran “no tener constancia” ni de la recomendación de la ONU aceptada ni de que vaya a generar alguna consecuencia.

Consell Evangèlic: “Hay iglesias que nos han pedido ayuda técnica”

El hecho de que la regularización tenga que tramitarse ante los ayuntamientos y administraciones locales puede dificultar el proceso, puesto que cada municipio configura su normativa de urbanismo propia. “Las comunidades religiosas tienen que comunicarlo a cada ayuntamiento. Es una cuestión de cada municipio. No es una función nuestra”, reiteran desde Asuntos Religiosos de la Generalitat. Por eso, explican, “no hay constancia” de la cantidad de centros de culto que han iniciado o presentado los trámites..

Desde el Consell Evangèlic llevan tiempo advirtiendo a las iglesias y comunidades de la necesidad de realizar los trámites necesarios. “Hemos recomendado, por medio de una campaña de difusión, que las iglesias presenten la documentación que tengan porque, aunque esté incompleta al principio, luego se puede ir desarrollando el expediente”, aseguran. 

La entidad también ha habilitado “un par de equipos de técnicos a disposición de las iglesias” que solicitasen su ayuda. “Ha habido iglesias y denominaciones que sí han pedido la ayuda de nuestros técnicos. Ha habido respuesta. Tampoco ha habido una gran cantidad. No sabemos si es porque no necesitan ayuda, o por si tienen la situación resuelta, o por si nos sigue costando entrar en determinadas dinámicas. Pero las que se han acercado a nosotros lo han hecho en el sentido de querer solucionar la situación y pedir asesoría”, apuntan. 

Según estipula la normativa catalana, los centros de culto anteriores a 2010 que no realicen las adecuaciones necesarias “se tendrán que regir por lo que la ley establece para los nuevos”, es decir, por unas condiciones más exigentes. 

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